Un caso de estudio de la ley de transparencia a nivel europeo

Actualización: 26 de marzo de 2012. Se puede contribuir a la consulta pública sobre la futura Ley de Transparencia en leydetransparencia.gob.es

El Consejo de Ministros del gobierno español ha aprobado el pasado viernes el borrador de la Ley de Transparencia. Por el momento, sigue siendo un anteproyecto de ley pero es un comienzo. De hecho, tal y cómo informan en el blog de tuderechoasaber.es, José Luis Ayllón, Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, el pasado 20 de enero informaba que primero el texto se abriría a consulta pública, momento en el que nos encontramos ahora mismo. Desde que se "cuelgue" el texto en las webs de instituciones públicas tales como ministerios, cualquier ciudadano podrá contribuir con sus reflexiones sobre el tema. Esto será el lunes 26 de marzo y durante 15 días y despúes, veremos cuando la ley se vota en las cortes y cuando se aplicara de forma definitiva.
El mismo día que se publica esta consulta, se presentará en Madrid, la web tuderechoasaber.es. Con esta web, se "controlará" la aplicación de la futura ley de transparencia. La iniciativa supone, tal y cómo comentan los autores, "la primera web en España que te facilita solicitar información a cualquier institución pública española. Pide lo que quieras. Nosotros nos encargamos de hacérsela llegar al responsable y te avisamos cuando responda. Todo el proceso es transparente y público para que tú y el resto del mundo podáis seguirlo." Con la aprobación definitiva de la ley de transparencia, los ciudadanos podrán solicitar información pública y las administraciones públicas (no solo los políticos) estarán obligadas a responder en el plazo de un mes. En la información.com nos ofrecen las diez claves de esta futura ley.
En lo que respecta a la equiparación con la UE, somos uno de los pocos países europeos que no cuenta con una ley de este tipo (tampoco Chipre, Malta y Luxemburgo). Asimismo ya hemos hablado en otras ocasiones del control del Defensor del Pueblo Europeo en cuanto a la transparencia de las instituciones. Recientemente, hemos descubierto la web asktheeu.org, en cuya página de acceso dice bien claro: "Tienes derecho a pedir información a la Unión Europea, y ellos están obligados por ley a responder". Por este motivo, hemos decidido probar esta web con un ejemplo concreto y aquí está nuestra experiencia.
  • Cómo no encontramos con una búsqueda en Internet una información (oficial o no) que confirme esta noticia y qué, supondría crear una nueva unidad en el Parlamento Europeo que se dedicara a hacer este tipo de evaluaciones, decidimos preguntar directamente al Parlamento Europeo a través del Servicio de Información al Ciudadano.
  • Aproximadamente en una semana, al no recibir respuesta de este servicio, decidimos acudir el pasado 1 de marzo a Asktheeu.org. Podéis seguir el hilo de la conversación en el enlace anterior. 
  • Sorprendentemente, nos respondieron el mismo día. Sin embargo, lo que nos pedían era que fuéramos más precisos en nuestra petición y que, por favor, hiciéramos dicha petición a través de la misma página del Parlamento Europeo (cosa que ya habíamos hecho, pero que seguíamos sin respuesta. Nos ofrecían, sin embargo, otra dirección web del Parlamento, que nos remitía al registro de documentos).
  • Volvemos a responder a través de asktheeu ofreciendo más información tal y como se nos pidió. Y cuatro días después recibimos una contestación diciendo que cerraban la petición de información puesto que ya se nos había dado una respuesta. 
  • Desde luego, tuvimos una respuesta. Pero no nos confirmaron ni desmintieron la información, solo cerraron la petición. Tampoco nos ofrecían una alternativa, cualquier otro servicio del Parlamento que nos pudiera responder a nuestra pregunta.
El día 19 de marzo, recibimos la contestación, que ya dábamos por perdida, del Servicio de Información al Ciudadano de la Eurocámara. Nos comunican por e-mail que "no se ha constituido ninguna comisión parlamentaria encargada de realizar documentos de trabajo o documentos similares". Además, nos indican que "el 8 de junio de 2011 el PE adoptó una Resolución sobre el aseguramiento de evaluaciones de impacto independientes, cuyos artículos 55 a 58 se refieren a la creación de una estructura autónoma de evaluación de impacto para el Parlamento Europeo". Y por último, nos dan la dirección web donde podemos encontrar la Dirección General de Políticas Interiores - Dirección G (Dirección de Evaluación de Impacto).
Esta respuesta sí que nos convence (por el momento) simplemente porque nos ofrecía de una forma sencilla y clara la información con los documentos y enlaces oficiales que podían resolver nuestra duda.
Con lo que, asktheeu, quizás no preguntaba al servicio adecuado del Parlamento Europeo. Esto significa que queda mucho por pulir. Puede que esto sea un buen ejemplo a tener en cuenta tanto para tuderechoasaber cómo para las mismas administraciones públicas.
Si el ciudadano tiene el derecho de preguntar y las administraciones la obligación de responder, ¿la calidad de la respuesta importa? Desde luego que sí. ¿Esto se especificará en la nueva ley española? No lo sabemos, esperemos que en las Cortes nuestros representantes se encarguen de qué así sea.

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