De "turismo sanitario" por Europa, nada de nada

Hay muchas clases de turismo. Turismo derrochador, turismo para relajarnos, turismo solidario y luego está el "turismo sanitario". En 2007, ya os contamos nuestra opinión sobre "esta nueva forma de viajar" y la propuesta legislativa que estaba en marcha. Un año después, la Comisión Europea lanzaba la propuesta legislativa que regula "la asistencia sanitaria transfronteriza". Se trata de una directiva que fue aprobada ayer en el Parlamento Europeo con algunas enmiendas a la propuesta original de la Comisión .

Para que entre en vigor una directiva se necesita que el Consejo de la UE (los gobiernos) y el Parlamento Europeo (los eurodiputados) estén de acuerdo en el mismo texto. En este caso, el Parlamento ha votado sobre un texto previamente discutido y acordado con el Consejo por lo que podemos decir que se trata de la propuesta final. Esta nueva legislación "establece las condiciones para el reembolso de los tratamientos realizados en el extranjero e introduce un sistema de autorización previa que el paciente deberá obtener en el país de origen". Con esta medida se establecen límites al llamado "turismo sanitario" en el que España es destino preferencial de los europeos. Esto significa que los pacientes tendrán que justificar por qué buscan un tratamiento en otro país que no es el suyo. En el caso español, se evitará que muchos pacientes europeos acaben aprovechándose de la seguridad social porque en su país tienen que tener seguros privados (pagar bastante, vamos) para operarse por ejemplo. Esta directiva tendrá que "trasponerse", es decir, regular su aplicación en cada Estado miembro, en dos años y medio.

Esta nueva norma concreta "los derechos de los pacientes a recibir asistencia médica en otros Estados miembros. Como norma general, será el país de afiliación (residencia) el que sufrague los costes que habrían sido abonados en su territorio por el mismo tratamiento. En caso de que exista una diferencia de precio, correrá a cargo del paciente".

También clarifican el derecho a informarse de los pacientes sobre tratamientos en otros Estados miembros, puesto que deberán crearse "puntos nacionales de contacto para dar información a los pacientes que estén pensando en solicitar un tratamiento en otro país de la UE".

Pero no todo serán trabas para limitar el "turismo sanitario". También se reconocerá el derecho a un posible beneficio debido a una necesidad real de "asistencia médica en el extranjero", sobre todo para los pacientes en listas de espera o que no disponen de tratamientos especializados en su país. Por lo que, la directiva propone reforzar la cooperación entre los Estados miembros en el diagnóstico y el tratamiento de las enfermedades raras.

Por último y muy importante, estas normas se aplicarán a los pacientes que pretenden recibir un tratamiento en otro país de la UE. Por tanto, "los ciudadanos podrán seguir solicitando la tarjeta sanitaria europea, que cubre tratamientos de urgencia en estancias cortas en el extranjero y no se verá afectada por esta directiva".

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